Concursos 2011-2012Inicio > Concursos Convocatoria cuerpo de Maestros 2011-2012.
El plazo de presentación de solicitudes y documentos será de quince días hábiles que comenzará a computarse el día 22 de noviembre y terminará el día 10 de diciembre de 2011, ambos inclusive. Durante dicho plazo podrá desistirse de la solicitud presentada. Se ha advertido error en los códigos de las especialidades que aparecen en las instrucciones que acompañan a la instancia de participación del concurso de traslados del cuerpo de maestros, concretamente las especialidades de música, educación física, audición y lenguaje y pedagogía terapéutica, por lo que se dan como válidos los códigos de marcas establecidos en la Resolución de 15 de noviembre de 2011 por la que se convoca el concurso de traslados del cuerpo de maestros publicada en el DOCV núm. 6655/21.11.2011 y que son las del fichero adjunto:
Nota 1:
Nota 2: Descarga de Anexos
Nombramiento comisiones de valoración cuerpo de MaestrosRESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2011, de la Dirección Territorial de Educación de Alicante, por la que se nombran las comisiones de valoración para la evaluación de los méritos alegados por los participantes en el procedimiento de provisión de plazas vacantes de funcionarios docentes del cuerpo de maestros convocado por Resolución de 15 de noviembre de 2011 (DOCV nº 6655 de 21/11/2011). RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2011, de la Dirección Territorial de Educación de Castellón, por la que se nombran las comisiones de valoración para la evaluación de los méritos alegados por los participantes en el procedimiento de provisión de plazas vacantes de funcionarios docentes del cuerpo de maestros convocado por Resolución de 15 de noviembre de 2011 (DOCV nº 6655 de 21/11/2011). RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2011, de la Dirección Territorial de Educación de Castellón, por la que se nombran las comisiones de valoración para la evaluación de los méritos alegados por los participantes en el procedimiento de provisión de plazas vacantes de funcionarios docentes del cuerpo de maestros convocado por Resolución de 15 de noviembre de 2011 (DOCV nº 6655 de 21/11/2011). RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2011, de la Dirección Territorial de Educación de Valencia, por la que se nombran las comisiones de valoración para la evaluación de los méritos alegados por los participantes en el procedimiento de provisión de plazas vacantes de funcionarios docentes del cuerpo de maestros convocado por Resolución de 15 de noviembre de 2011 (DOCV nº 6655 de 21/11/2011). Participantes cuerpo de Maestros
Participantes con derecho preferente
Admitidos por orden alfabético De conformidad con la base 12.2 de la convocatoria, contra esta exposición de puntuaciones definitivas NO CABE RECLAMACIÓN ALGUNA y se deberá esperar a que la Subdirección General de Personal Docente haga pública la resolución provisional de destinos y establezca el correspodiente periodo de reclamaciones. No obstante dado que el plazo de presentación de reclamaciones en las listas provisionales finalizó el 19 de enero, podrían incorporarse modificaciones que podrán ser comprobadas a la consulta de puntuaciones por DNI. Peticiones vía telemática Cuerpo de Maestros
De acuerdo con lo establecido en la base diez de la Resolución de 15 de noviembre de 2011, de la Subsecretaría de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se convoca procedimiento de provisión de plazas en el cuerpo de maestros, se abre plazo de 7 días naturales para que los participantes soliciten puestos por vía telemática.
Desde las 00:00 horas del día 25 de enero de 2012 hasta las 23:59 horas del 31 de enero de 2012.
*Importante* Plazo finalizado => Acceso a Petición Telemática De conformidad con la base 13.2 de la convocatoria, en el caso de acceder al programa y no realizar peticiones telemáticas, tratándose de participantes voluntarios, decaerá su derecho de continuar en el procedimiento figurando como no adjudicados por falta de peticiones. En el supuesto de no acceder al programa informático, decaerá en su derecho de continuar el procedimiento figurando como excluido. Durante la validación de sus peticiones el sistema realiza una serie de comprobaciones que pueden llevar un tiempo. deberá pulsar el botón No y esperar que el sistema concluya la verificación (Si desea deshabilitarlo pulse aquí). deberá pulsar el botón Continuar y esperar que el sistema concluya la verificación. Información solicitudes vía telemática (PDF) A la hora de realizar la solicitud telemática, se recomienda el uso de los navegadores Mozilla Firefox o Internet Explorer. También se recomienda que actualicen su navegador a la última versión, al menos para Internet Explorer. Cuerpos de catedráticos y profesores de Enseñanza Secundaria, profesores técnicos de Formación Profesional, catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas, catedráticos y profesores de música y artes escénicas, catedráticos, profesores y maestros de taller de artes plásticas y diseño 2011-2012.
El plazo de presentación de solicitudes y documentos será de quince días hábiles que comenzará a computarse el día 22 de noviembre y terminará el día 10 de diciembre de 2011, ambos inclusive. Durante dicho plazo podrá desistirse de la solicitud presentada.
Nota 1:
Nota 2: Descarga de Anexos
Nombramiento comisiones de valoración cuerpo de Secundaria y Otros CuerposRESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2011, de la Dirección Territorial de Educación de Alicante, por la que se nombran las comisiones de valoración para la evaluación de los méritos alegados por los participantes en el procedimiento de provisión de plazas vacantes de funcionarios docentes del cuerpo de catedráticos y profesores de Enseñanza Secundaria, de profesores técnicos de Formación Profesional, de catedráticos y profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de profesores de Música y Artes Escénicas, de catedráticos y profesores de Artes Plásticas y Diseño y de maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño convocado por Resolución de 15 de noviembre de 2011 (DOCV nº 6655 de 21/11/2011). RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2011, de la Dirección Territorial de Educación de Castellón, por la que se nombran las comisiones de valoración para la evaluación de los méritos alegados por los participantes en el procedimiento de provisión de plazas vacantes de funcionarios docentes del cuerpo de catedráticos y profesores de Enseñanza Secundaria, de profesores técnicos de Formación Profesional, de catedráticos y profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de profesores de Música y Artes Escénicas, de catedráticos y profesores de Artes Plásticas y Diseño y de maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño convocado por Resolución de 15 de noviembre de 2011 (DOCV nº 6655 de 21/11/2011). RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2011, de la Dirección Territorial de Educación de Valencia, por la que se nombran las comisiones de valoración para la evaluación de los méritos alegados por los participantes en el procedimiento de provisión de plazas vacantes de funcionarios docentes del cuerpo de catedráticos y profesores de Enseñanza Secundaria, de profesores técnicos de Formación Profesional, de catedráticos y profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de profesores de Música y Artes Escénicas, de catedráticos y profesores de Artes Plásticas y Diseño y de maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño convocado por Resolución de 15 de noviembre de 2011 (DOCV nº 6655 de 21/11/2011). Participantes cuerpos de Secundaria y Otros Cuerpos
Participantes con derecho preferente
Admitidos por orden alfabético FUNCIONARIOS DEPENDIENTES DE LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA DE LA COMUNITAT VALENCIANAFuncionarios en prácticas: ¿Estoy obligado a presentar documentación justificativa de méritos?Funcionarios de carrera: ¿Tengo que presentar obligatoriamente la hoja de servicios a efectos del cómputo de antigüedad en el centro?Funcionarios de carrera: ¿Cuáles son los centros o puestos clasificados como de especial dificultad?Funcionarios de carrera: ¿Cómo acreditar el desempeño como personal funcionario de carrera en plaza, puesto o centro que tenga la calificación de especial dificultad?Funcionarios de carrera: ¿Tengo que presentar obligatoriamente la hoja de servicios?Funcionarios de carrera: Estoy en posesión del Diploma de Estudios Avanzados ¿Se me puntuará también la suficiencia investigadora?Funcionarios de carrera: Estoy en posesión de más de una titulación universitaria ¿Debo presentar fotocopia compulsada de todos los títulos?Funcionarios de carrera: Estoy en posesión del certificado de nivel intermedio o de nivel avanzado de Escuelas Oficiales de Idiomas del Estado español ¿cuál es su equivalencia con los niveles del Consejo de Europa? ¿Cómo la acredito?Funcionarios de carrera: Estoy en posesión de un certificado de idiomas expedido por una Universidad española o extranjera ¿me computaría como titulación de enseñanza de régimen especial de idiomas?Funcionarios de carrera: ¿Cómo acreditar el desempeño de cargos directivos y otras funciones del apartado 4?Funcionarios de carrera: He sido tutor de una actividad de formación y prefecccionamiento a distancia ¿Puntuaría a efectos de impartición de dicha actividad?Funcionarios de carrera: En el Apartado 6, Otros méritos, ¿debo aportar necesariamente originales de las publicaciones?Funcionarios de carrera: He actuado efectivamente como miembro de tribunales de procedimientos selectivos de ingreso o acceso a cuerpos docentes. ¿Debo pedir certificado que lo acredite?.Funcionarios de carrera: ¿La tutorización de las prácticas para la obtención del Certificado de Aptitud Pedagógica puntúa en el baremo?Funcionarios de carrera: La tutorización de las prácticas para la obtención de los títulos universitarios de grado que lo requiera puntúa en el subapartado 6.6 del baremo ¿se incluye también aquí para el supuesto de títulos universitarios anteriores, de primer y/o segundo ciclo?.Funcionarios de carrera: Soy funcionario de carrera de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas, de música y Artes Escénicas, de Artes plásticas y diseño, de Profesores Técnicos de FP y de Maestros de Taller de Artes plásticas y Diseño y estoy en posesión del Certificat de Capacitació y del Diploma de Mestre ¿se me acumularía la puntuación por ambos certificados?Funcionarios de carrera: Normas comunesFUNCIONARIOS DEPENDIENTES DE OTRAS ADMINISTRACIONES EDUCATIVASFuncionarios dependientes de otras administraciones educativasFuncionarios en prácticas: ¿Estoy obligado a presentar documentación justificativa de méritos?No, dado que de acuerdo con la convocatoria el profesorado en prácticas concursará sin puntuación, realizándose la adjudicación de destino según su orden teniendo en cuenta lo dispuesto en el apartado 3 de las bases undécima y duodécima de las Resoluciones de 27 de abril de 2010 (DOCV de 30 de abril), por las que se convocan procedimientos selectivos para ingreso en el Cuerpo de Maestros y en los cuerpos docentes de profesores de Enseñanza Secundaria, profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y profesores técnicos de Formación Profesional, respectivamente. Funcionarios de carrera: ¿Tengo que presentar obligatoriamente la hoja de servicios a efectos del cómputo de antigüedad en el centro?La incorporará de oficio los méritos relativos a la antigüedad que consten en la hoja de servicios. Funcionarios de carrera: ¿Cuáles son los centros o puestos clasificados como de especial dificultad?Son los regulados en la Resolución de 5 de marzo de 2010, del conseller de Educación, por la que se clasifican los puestos de trabajo docente de especial dificultad de centros docentes públicos (DOCV nº 6241 de 08.042010). Funcionarios de carrera: ¿Cómo acreditar el desempeño como personal funcionario de carrera en plaza, puesto o centro que tenga la calificación de especial dificultad?Para los centros relacionados en los artículos primero (Cuerpo de maestros) y segundo (Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria) de la Resolución de 5 de marzo de 2010 mediante certificado del secretario/a del centro con el visto bueno del director/a del Centro. Para los centros relacionados en el artículo tercero de la Resolución de 5 de marzo de 2010 (personal docente que imparta los ámbitos de los programas de diversificación curricular, de adaptación curricular en grupo y los programas de cualificación profesional inicial en institutos y secciones de Educación Secundaria y en centros integrados de Formación Profesional) mediante certificado del secretario/a del centro con el visto bueno del director/a del Centro y del Inspector/a. Funcionarios de carrera: ¿Tengo que presentar obligatoriamente la hoja de servicios?La incorporará de oficio este mérito siempre que conste en la hoja de servicios. Funcionarios de carrera: Estoy en posesión del Diploma de Estudios Avanzados ¿Se me puntuará también la suficiencia investigadora?Dado que la suficiencia investigadora es requisito previo para la obtención del Diploma de Estudios Avanzados sólo puede puntuarse uno de los dos. Funcionarios de carrera: Estoy en posesión de más de una titulación universitaria ¿Debo presentar fotocopia compulsada de todos los títulos?De acuerdo con la disposición complementaria segunda del baremo, para poder obtener puntuación por otras titulaciones universitarias de carácter ofIcial, deberá presentarse fotocopia compulsada, o certificado del abono de los derechos de expedición expedida de acuerdo con lo previsto en la Orden de 8 de julio de 1988 (BOE del 13) de cuantos títulos se posean, incluído el alegado para el ingreso en el Cuerpo. Además, para la valoración de la segunda y restantes titulaciones correspondientes al primer ciclo de una licenciatura, arquitectura o ingeniería, debe presentarse certificación académica en donde conste de forma expresa que se han superado todas las asignaturas o créditos conducentes para la obtención de dichos títulos o ciclos. Funcionarios de carrera: Estoy en posesión del certificado de nivel intermedio o de nivel avanzado de Escuelas Oficiales de Idiomas del Estado español ¿cuál es su equivalencia con los niveles del Consejo de Europa? ¿Cómo la acredito?De acuerdo con el artículo 3 del Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el que se fijan aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la LOE, la equivalencia es automática no siendo necesario presentar documentación adicional a la prevista en el apartado 3.3 del baremo:
Funcionarios de carrera: Estoy en posesión de un certificado de idiomas expedido por una Universidad española o extranjera ¿me computaría como titulación de enseñanza de régimen especial de idiomas?De acuerdo con el baremo de la convocatoria sólo puntúan en este aspecto las titulaciones de enseñanzas de régimen especial otorgadas por las Escuelas Oficiales de Idiomas, no se incluyen las Universidades. Funcionarios de carrera: ¿Cómo acreditar el desempeño de cargos directivos y otras funciones del apartado 4?La incorporará de oficio los méritos relativos al desempeño de los siguientes cargos directivos y otras funciones que consten en la hoja de servicios obtenida del Registro de Personal Docente:
Para el resto de cargos directivos y otras funciones relacionados en este apartado que no consten en la hoja de Servicios del Registro de Personal Docente deberá presentarse la credencial del nombramiento, con diligencia de posesión y cese, certificación del secretario/a del centro con el visto bueno del director/a del Centro. En todo caso el desempeño de la función tutorial ejercida sólo será computable a partir del mes de junio de 2006 (inclusive). En ningún caso se podrá acumular la puntuación en el caso de que se haya desempeñado simultáneamente más de uno de estos cargos o funciones así como las tareas desempeñadas en los apartados 6.4 y 6.6 del baremo. En estos casos, se valorará el subapartado que resulte más ventajoso para el concursante. Funcionarios de carrera: He sido tutor de una actividad de formación y prefecccionamiento a distancia ¿Puntuaría a efectos de impartición de dicha actividad?Sí, dado que sí implica la impartición de la actividad, aunque en modalidad a distancia. Funcionarios de carrera: En el Apartado 6, Otros méritos, ¿debo aportar necesariamente originales de las publicaciones?En el caso de los libros, la convocatoria permite que se presente fotocopia completa de los mismos, con la compulsa, como mínimo, de las páginas acreditativas de la autoría, junto con los demás requisitos establecidos en el baremo. Funcionarios de carrera: He actuado efectivamente como miembro de tribunales de procedimientos selectivos de ingreso o acceso a cuerpos docentes. ¿Debo pedir certificado que lo acredite?.La incorporará de oficio la puntuación correspondiente a la actuación efectiva como miembro de tribunales obrante en el Registro de Personal Docente. En todo caso, sólo puntuará la actuación efectiva como miembro de tribunales, a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero que son las correspondientes a las realizadas desde el año 2007 en adelante. En ningún caso se podrán puntuar convocatorias anteriores. Funcionarios de carrera: ¿La tutorización de las prácticas para la obtención del Certificado de Aptitud Pedagógica puntúa en el baremo?En el subapartado 6.6 no, dado que sólo reconoce expresamente la tutorización de las prácticas del título universitario oficial de Master para acreditar la formación pedagógica y didáctica exigida para ejercer la docencia ( y no las del antiguo CAP). Funcionarios de carrera: La tutorización de las prácticas para la obtención de los títulos universitarios de grado que lo requiera puntúa en el subapartado 6.6 del baremo ¿se incluye también aquí para el supuesto de títulos universitarios anteriores, de primer y/o segundo ciclo?.El apartado sólo puntúa expresamente la tutorización de prácticas para el supuesto de la obtención del título universitario de grado y no otros anteriores. Funcionarios de carrera: Soy funcionario de carrera de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas, de música y Artes Escénicas, de Artes plásticas y diseño, de Profesores Técnicos de FP y de Maestros de Taller de Artes plásticas y Diseño y estoy en posesión del Certificat de Capacitació y del Diploma de Mestre ¿se me acumularía la puntuación por ambos certificados?De acuerdo con el apartado 6.7 del baremo, sólo se puntúa el Título de Mestre de Valencià, no siendo acumulable en consecuencia la puntuación de ambos certificados. Funcionarios de carrera: Normas comunesDe acuerdo con lo dispuesto en las convocatorias todas las fotocopias que se remitan deberán ir acompañadas de las diligencias de compulsa o cotejo, de acuerdo con lo establecido en la Circular 5/99, de 14 de junio, de la Secretaría General de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, sobre compulsa o cotejo de documentos en los centros docentes y en la Circular 3/99, de 25 de mayo, de la Secretaría General de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, sobre compulsa o cotejo de documentos. Los méritos que no figuren en alguna de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana deberán presentarse traducidos. A tal efecto, de acuerdo con la legislación vigente, solamente tienen carácter oficial ante la Administración las traducciones juradas realizadas por traductores-intérpretes jurados. Específicamente para el Cuerpo de Maestros para solicitar puestos de trabajo de las especialidades reseñadas en la base tercera de la respectiva convocatoria es necesario acreditar, mediante copia compulsada, estar en posesión del Certificat de Capacitació o del títol de Mestre de Valencià que no será necesario cuando el concursante esté habilitado en Filología: Valenciano. Todo ello sin perjuicio de lo que establece la disposición adicional segunda de la Orden de 23 de enero de 1997 o haber sido seleccionado en proceso selectivo posterior al Decreto 62/2002 de 25 de abril (DOGV de 02.05.2002). Funcionarios dependientes de otras administraciones educativas (sólo en el Cuerpo de Maestros)Los funcionarios dependientes de otras Administraciones educativas podrán solicitar plazas correspondientes a esta convocatoria, siempre que cumplan los requisitos y condiciones que se establecen en la misma. Estos funcionarios deberán haber obtenido su primer destino definitivo en el ámbito de gestión de la Administración educativa a la que se circunscribía la convocatoria por la que fueron seleccionados, salvo que en la misma no se estableciera la exigencia de este requisito. Estos participantes deberán dirigir su instancia a cualquiera de las Direcciones Territoriales. Avda. Campanar, 32 46015 - VALENCIA |