Ley de Uso y Enseñanza del ValencianoInicio > Marco legal > Ley de Uso y Enseñanza del Valenciano
Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de Uso y Enseñanza del Valenciano. (DOGV núm. 133, de 1 de diciembre de 1983). Artículo 2
El valenciano es lengua propia de la Comunidad Valenciana y, en consecuencia, todos los ciudadanos tienen derecho a conocerlo y a usarlo oralmente y por escrito tanto en las relaciones privadas como en las relaciones con las instancias públicas. Artículo 19
1. Se procurará en la medida de las posibilidades organizativas de los centros, que todos los escolares reciben las primeras enseñanzas en su lengua habitual, valenciano o castellano. Artículo 23
1. Atendida la cooficialidad del valenciano y del castellano, los profesores deben conocer las dos lenguas. Avda. Campanar, 32 46015 - VALENCIA |